viernes, 5 de marzo de 2021

Definición


El acoso escolar es un fenómeno antiguo, aun cuando muchos, se están familiarizando con el tema, no es hasta finales de la década de los 70, que este fenómeno ha obtenido un estudio sistémico. Quizás en nuestro país parece ser que su incidencia sea menor, pero su detección va tomando lugar, debido a la manifestación de sus consecuencias, producto de una crisis cultural, social y familiar que nuestro entono va acarreando. Nolasco (2012)

Tipos de acoso escolar.

  • Físicas:  conductas dirigidas contra el cuerpo; patadas, golpes, empujones.
  • Conductas indirectas dirigidas contra la propiedad; roba ensuciar verbal, conductas como insultos, apodos, calumnias, burlas y hablar mal de otros.
  • Sociales: conducta de aislamiento al estudiante del grupo; marginación e ignorancia, 
  • Psicológicos: afectan la autoestima, creando inseguridad y miedo.

Características del acoso escolar.

Según los diferentes estudios del acoso escolar, realizados por diferentes autores, se presentan las características más relevantes: Para Diaz-Aguado (2004) mencionan que existen 3 características bien definidas que incrementan y diferencian la gravedad del acoso escolar.

  • No es un acoso aislado, su repetición se prolonga en el tiempo y puede considerarse como acciones repetitivas, de índole más graves.
  •  Aparece una situación de desigualdad entre el acosador y la víctima. Este último actúa como el personaje indefenso, mientras que el acosador suele estar apoyador por un grupo.
  • La pasividad de la intervención y el desconocimiento del fenómeno actúan como conductas que intentan ocultar el fenómeno, al no haber una intervención directa entre los participantes. 

jueves, 4 de marzo de 2021

Tipos de acoso social

Bloqueo social: Agrupa las acciones de acoso escolar que buscan bloquear socialmente a la víctima. Todas ellas buscan el aislamiento social y su marginación impuesta por estas conductas de bloqueo. Son ejemplos las prohibiciones de jugar en un grupo, de hablar o comunicar con otros, o de que nadie hable o se relacione con él, pues son indicadores que apuntan un intento por parte de otros de quebrar la red social de apoyos del niño. 

Hostigamiento: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que consisten en acciones de hostigamiento y acoso psicológico que manifiestan desprecio, falta de respeto y desconsideración por la dignidad del afectado. El desprecio, el odio, la ridiculización, la burla, el menosprecio, los motes, la crueldad, la manifestación gestual del desprecio, la imitación burlesca son los indicadores de esta escala.
 
Manipulación social: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden distorsionar la imagen social del niño y “envenenar” a otros contra él. Con ellas se trata de presentar una imagen negativa, distorsionada y cargada negativamente sobre la víctima. Se cargan las tintas contra todo cuanto hace o dice la víctima, o contra todo lo que no ha dicho ni ha hecho. No importa lo que haga, todo es utilizado y sirve para inducir el rechazo de otros. A causa de esta manipulación de la imagen social de la víctima acosada, muchos otros niños se suman al grupo de acoso de manera involuntaria, percibiendo que la víctima merece el acoso que recibe, incurriendo en un mecanismo denominado “error básico de atribución”. 

Coacción: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden que la víctima realice acciones contra su voluntad. Mediante estas conductas quienes acosan al niño pretenden ejercer un dominio y un sometimiento total en contra de su voluntad. El que la víctima haga esas cosas contra su voluntad proporciona a los que fuerzan o tuercen esa voluntad diferentes beneficios, pero sobre todo poder social. Los que acosan son percibidos como poderosos, sobre todo, por los demás que presencian el doblegamiento de la víctima. Con frecuencia las coacciones implican que el niño sea víctima de vejaciones, abusos o conductas sexuales no deseadas que debe silenciar por miedo a las represalias sobre sí o sobre sus hermanos. 

Exclusión social: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan excluir de la participación al niño acosado. El “tú no”, es el centro de estas conductas con las que el grupo que acosa segrega socialmente al niño. Al ningunearlo, tratarlo como si no existiera, aislarlo, impedir su expresión, impedir su participación en juegos, se produce el vacío social en su entorno. 

Intimidación: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que persiguen amilanar, amedrentar, apocar o consumir emocionalmente al niño mediante una acción intimidatoria. Con ellas quienes acosan buscan inducir el miedo en el niño. Sus indicadores son acciones de intimidación, amenaza, hostigamiento físico intimidatorio, acoso a la salida del centro escolar. 

Amenaza a la integridad: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan amilanar mediante las amenazas contra la integridad física del niño o de su familia, o mediante la extorsión.
Causas 

El agresor: características psicológicas y entorno familiar Aunque el acosador escolar no tiene por qué padecer ninguna enfermedad mental o trastorno de la personalidad grave, presenta normalmente algún tipo de psicopatología. Fundamentalmente, presenta ausencia de empatía y algún tipo de distorsión cognitiva. Generalmente suele ser una persona que ha visto violencia con regularidad, se acostumbra a ella o en su casa sus familiares se tratan agresivamente y lo tratan inadecuadamente a él. La carencia de empatía explica su incapacidad para ponerse en el lugar del acosado y ser insensible al sufrimiento de este y que puede llegar al suicidio. 
El entorno escolar Se puede dar el caso de que la ausencia en clase (o, en general, en el centro educativo) de un clima adecuado de convivencia pueda favorecer la aparición del acoso escolar. La responsabilidad al respecto oscila entre la figura de unos profesores que no han recibido una formación específica en cuestiones de intermediación en situaciones escolares conflictiva, y la disminución de su perfil de autoridad dentro de la sociedad moderna. 


Evolución de los casos de acoso escolar El objetivo del acoso escolar es intimidar, apocar, reducir, someter, aplanar, amedrentar y consumir, emocional e intelectualmente, a la víctima, con vistas a obtener algún resultado favorable para quienes acosan o satisfacer una necesidad imperiosa de dominar, someter, agredir, y destruir a los demás que pueden presentar los acosadores como un patrón predominante de relación social con los demás. En ocasiones, el niño que desarrolla conductas de hostigamiento hacia otros busca, mediante el método de «ensayo-error», obtener el reconocimiento y la atención de los demás, de los que carece, llegando a aprender un modelo de relación basado en la exclusión y el menosprecio de otros. 

Consecuencias 
El acoso escolar al igual que otras formas de maltrato psicológico produce secuelas biológicas (expresión de genes) y mentales. Especialistas del Centro de Estudios sobre el Estrés Humano (CSHS por sus siglas en inglés) del Hospital Louis-H. Lafontaine de Canadá sugieren que las víctimas acosadas son más vulnerables a padecer problemas mentales como trastorno por estrés postraumático,depresión y trastornos del ánimo a medida que envejecen.






lunes, 1 de marzo de 2021

Prevalencia y Estadisticas

 1 de cada 10 niños sufre acoso escolar o bullying

“Empezaron a preguntar a la gente en clase para ver quién había sido. Como nadie decía nada nos amenazaron con castigar a toda la clase y empezaron a sacar a gente para hablar uno por uno con ellos, hasta que al final expulsaron a una chica. Entonces fue cuando noté que algo cambiaba y toda la clase me hizo el vacío, incluso mis amigas.”

Solo en 2017, fueron detectados 117 casos como el de Marina en la Comunidad de Madrid. Los niños y niñas que se enfrentan a distintos tipos de violencia en el colegio pueden enfrentar daños físicos o psicológicos durante el resto de sus vidas. Según nuestro informe yo a eso no juego 6 de cada 10 alumnos o alumnas han sufrido insultos durante el último mes.

Por eso, con la petición romper el silencio pedimos mecanismos de denuncia en los centros educativos que permitan romper esta espiral lo antes posible para los niños y niñas que sufren acoso escolar o bullying a diario.

BULLYING O ACOSO ESCOLAR: SAVE THE CHILDREN pide 50.000 firmas para romper el silencio

Con esta petición de firmas, desde Save the Children instamos al Gobierno de la Comunidad de Madrid a concentrar sus esfuerzos en 3 puntos que favorezcan romper la espiral de violencia contra los niños y niñas en el colegio:

  1. Establecer mecanismos de denuncia y petición de ayuda de fácil acceso e identificados claramente en el centro. 
  2. Fomentar el empoderamiento de los niños y niñas para que se sientan responsables en la lucha contra el acoso escolar.
  3. Educar en la asertividad, la empatía, el pensamiento crítico y la evaluación de las consecuencias de los comportamientos.

Trabajamos en la prevención de situaciones de acoso escolar o bullying en las escuelas, teniendo en cuenta a los niños y las niñas, al centro educativo, a las familias y a las administraciones. Ofrecemos talleres y cursos sobre bullying dirigidos a padres y a niños, para que estén preparados frente a estas situaciones y para que se generen espacios de diálogo en los que los niños puedan compartir sus vivencias e incidimos sobre las administraciones regionales para que se instauren protocolos de actuación en los centros educativos.

 

Bullying o acoso escolar: estadísticas, detección y prevención -  depsicologia.com 

 

VÍA PENAL

El acoso escolar puede llegar a ser delito, en tanto que las conductas se encuentren tipificadas en el Código Penal. Un mismo acto de acoso puede llegar a ser constitutivo de varios delitos, entre otros, por citar a modo de ejemplo no limitativo, los siguientes:

a) Lesiones –artículo 147 y siguientes del Código Penal

b) Amenazas –artículo 169 a 171 del Código Penal

c) Coacciones –artículo 172 del Código Penal

d) Calumnias –artículo 205 y 207 del Código Penal

e) Injurias –artículo 208 y 210 del Código Penal

Código penalCuando los hechos tengan la entidad suficiente, la conducta de acoso podrá calificarse conforme al tipo penal previsto y penado en el artículo 173.1 del Código Penal, que castiga al que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, así como actos hostiles o humillantes 

 

VÍA CIVIL

Con la acción civil lo que podemos conseguir es la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados. La responsabilidad civil puede exigirse por las siguientes causas:

a) Por culpa o negligencia basada en la existencia de una culpa «in vigilando», culpa que puede ser:

b. Del profesor o responsables del centro docente: La reclamación en este caso se fundamenta, principalmente, en la existencia de una culpa in vigilando por parte de los responsables del centro docente, al no adoptar las medidas tendentes a evitar, paliar y erradicar esa situación de acoso escolar, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.903 del Código Civil que establece que:

Codigo Civil«La obligación que impone el artículo anterior es exigible no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.

Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda.