1 de cada 10 niños sufre acoso escolar o bullying
“Empezaron a preguntar a la gente en clase para ver quién había
sido. Como nadie decía nada nos amenazaron con castigar a toda la clase y
empezaron a sacar a gente para hablar uno por uno con ellos, hasta que
al final expulsaron a una chica. Entonces fue cuando noté que algo
cambiaba y toda la clase me hizo el vacío, incluso mis amigas.”
Solo en 2017, fueron detectados 117 casos como el de Marina en la
Comunidad de Madrid. Los niños y niñas que se enfrentan a distintos
tipos de violencia en el colegio pueden enfrentar daños físicos o
psicológicos durante el resto de sus vidas. Según nuestro informe yo a eso no juego 6 de cada 10 alumnos o alumnas han sufrido insultos durante el último mes.
Por eso, con la petición romper el silencio pedimos mecanismos de denuncia
en los centros educativos que permitan romper esta espiral lo antes
posible para los niños y niñas que sufren acoso escolar o bullying a
diario.
BULLYING O ACOSO ESCOLAR: SAVE THE CHILDREN pide 50.000 firmas para romper el silencio
Con esta petición de firmas, desde Save the Children instamos al
Gobierno de la Comunidad de Madrid a concentrar sus esfuerzos en 3
puntos que favorezcan romper la espiral de violencia contra los niños y
niñas en el colegio:
- Establecer mecanismos de denuncia y petición de ayuda de fácil acceso e identificados claramente en el centro.
- Fomentar el empoderamiento de los niños y niñas para que se sientan responsables en la lucha contra el acoso escolar.
- Educar en la asertividad, la empatía, el pensamiento crítico y la evaluación de las consecuencias de los comportamientos.
Trabajamos en la prevención de situaciones de acoso escolar o bullying en
las escuelas, teniendo en cuenta a los niños y las niñas, al centro
educativo, a las familias y a las administraciones. Ofrecemos talleres y cursos sobre bullying dirigidos a padres y a niños, para
que estén preparados frente a estas situaciones y para que se generen
espacios de diálogo en los que los niños puedan compartir sus vivencias e
incidimos sobre las administraciones regionales para que se instauren protocolos de actuación en los centros educativos.
VÍA PENAL
El acoso escolar puede llegar a ser
delito, en tanto que las conductas se encuentren tipificadas en el
Código Penal. Un mismo acto de acoso puede llegar a ser constitutivo de
varios delitos, entre otros, por citar a modo de ejemplo no limitativo,
los siguientes:
a) Lesiones –artículo 147 y siguientes del Código Penal–
b) Amenazas –artículo 169 a 171 del Código Penal–
c) Coacciones –artículo 172 del Código Penal–
d) Calumnias –artículo 205 y 207 del Código Penal–
e) Injurias –artículo 208 y 210 del Código Penal–
Cuando
los hechos tengan la entidad suficiente, la conducta de acoso podrá
calificarse conforme al tipo penal previsto y penado en el artículo 173.1 del Código Penal,
que castiga al que infligiera a otra persona un trato degradante,
menoscabando gravemente su integridad moral, así como actos hostiles o
humillantes
VÍA CIVIL
Con la acción civil lo que podemos conseguir es la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados. La responsabilidad civil puede exigirse por las siguientes causas:
a) Por culpa o negligencia basada en la existencia de una culpa «in vigilando», culpa que puede ser:
b. Del profesor o responsables del centro docente: La
reclamación en este caso se fundamenta, principalmente, en la
existencia de una culpa in vigilando por parte de los responsables del
centro docente, al no adoptar las medidas tendentes a evitar, paliar y
erradicar esa situación de acoso escolar, todo ello al amparo de lo
dispuesto en el artículo 1.903 del Código Civil que establece que:
«La
obligación que impone el artículo anterior es exigible no sólo por los
actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes
se debe responder.
Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda.